actividades en materia de ampliación textil y confecciones

Aprueban disposiciones complementarias para la reanudación de actividades en materia de ampliación textil y confecciones, insumos para la actividad agropecuaria y servicios prestados a empresas

RD N° 00012-2020-PRODUCE/DGDE

El Ministerio de la Producción (Produce), publicó disposiciones complementarias que flexibilizan los criterios de focalización para la continuidad gradual y progresiva de actividades económicas.

Mediante RD N° 00012-2020-Produce/DGDE se establece que estas actividades son: textil y confecciones, insumos para la actividad agropecuaria y servicios prestados a empresas (soporte y servicios profesionales de tecnología de la información).

En cuanto a los criterios de focalización para el sector textil y confecciones se especifica que, si es una persona natural con negocio, sólo debe contar con la licencia de funcionamiento y el RUC activo y habido. En el caso de una persona jurídica, presentará la inscripción en la SUNARP, licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.

En ambos casos, las actividades de producción se efectuarán a puerta cerrada y la comercialización será mediante canales digitales.

En el caso de insumos para la actividad agropecuaria, si se trata de una persona natural con negocio, sólo debe contar con la licencia de funcionamiento y el RUC activo y habido. En el caso de una persona jurídica, presentará la inscripción en la SUNARP, licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.

Las actividades de producción y comercialización se efectuarán a puerta cerrada utilizando los canales logísticos que consideren adecuados.

Por último, en cuanto a servicios prestados a empresas (soporte y servicios profesionales de tecnología de la información), si se trata de una persona natural con negocio, sólo debe contar con la licencia de funcionamiento y el RUC activo y habido. En el caso de una persona jurídica, presentará la inscripción en la SUNARP, licencia de funcionamiento y RUC activo y habido.

Así mismo se señala que en casos de persona natural con negocio, únicamente deberán elaborar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID 19 en el trabajo”, para luego registrarlo en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.

Para ver la Resolución y anexos haga clic en el siguiente enlace:

https://www.gob.pe/institucion/produce/normas-legales/616774-012-2020-produce-dgde

 

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