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Aprueban documento técnico recomendaciones sobre el uso de escudos faciales (caretas) en los establecimientos de salud y en la comunidad

RM 447-2020-MINSA

A fin de contribuir a la reducción del riesgo de transmisión del COVID-19 en el personal de salud y en la comunidad, el Ministerio de Salud aprobó mediante RM 447-2020-MINSA el documento técnico con recomendaciones sobre el uso apropiado de escudos faciales (caretas) en los establecimientos de salud y en la comunidad.

En dicho documento se pueden encontrar las especificaciones técnicas de los protectores faciales, así como los modelos, pautas generales para su uso, recomendaciones durante el uso y desinfección.

Se resalta que en lugares cerrados o con pobre ventilación, el uso de mascarillas faciales de algodón, como único método de prevención, parece no ser suficiente para prevenir altas tasas de transmisión por lo que se hace necesario contar con otros métodos de protección frente al virus causante de COVID-19 como el escudo facial o careta, ya que están diseñados para proteger la cara y los ojos contra la exposición accidental de salpicaduras de sustancias infecciosas.

El uso de estos dispositivos en la comunidad se recomienda en grupos vulnerables o en donde exista mayor riesgo de transmisión como transporte público, lugares con aglomeración de gente o pobre ventilación como mercados, centros comerciales, bancos entre otros; y no excluye el uso de otros métodos de protección como mascarillas, lentes, lavado de manos con agua y jabón. Su uso no es recomendable en recién nacidos y lactantes.

El Escudo Facial debe ser usado por:

  • El personal de salud en contacto con pacientes sospechosos o casos confirmados
  • Personas que cuidan o están en contacto cercano con personas sospechosas de COVID-19 o con síntomas leves.
  • Todo el personal de salud en atención médica, administrativos y de vigilancia en las instalaciones de salud.
  • Los pacientes con síntomas de infección respiratoria (confirmados o no con COVID-19)
  • En el caso del uso público en general o comunidad, en el escenario de la transmisión generalizada, en el cual el ciudadano no sabe si se encuentra con personas con cuadro clínico leve o asintomático; de preferencia tener en cuenta las poblaciones más vulnerables que por razones de trabajo deben trasladarse en transporte público o trabajan en puestos de moderada exposición.

El dispositivo debe permitir una visibilidad correcta, así como una ventilación indirecta y debe descontaminarse después de cada uso con una sustancia desinfectante por al menos 5 minutos y dejar secar antes del siguiente uso.

Para ver el documento completo hacer clic aquí:

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/903761/RM_447-2020-MINSA.pdf

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