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Aprueban el procedimiento para la distribución de escudos faciales a usuarios de transporte terrestre

RM N° 0498-2020-MTC/01.02

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobó el “Procedimiento operativo para la distribución y entrega de los escudos faciales (caretas, protectores faciales, pantallas faciales) a los potenciales usuarios del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial”.

Mediante RM N° 0498-2020-MTC/01.02 se aprobó el mencionado documento cuya finalidad es garantizar la entrega oportuna y transparente de los escudos faciales y aplica a las Municipalidades Provinciales, al Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible (PROMOVILIDAD) y a la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).

Los repartidores de las Municipalidades Provinciales y de la ATU deberán solicitar el número de DNI del usuario beneficiario, procediendo a tomar una fotografía del mismo y registrarlo en la Plataforma Informática dispuesta para este fin. De no ser posible esto, el repartidor podrá tomar la foto correspondiente y completar un formato de entrega físico, el cual deberá ser ingresado posteriormente en la referida Plataforma Informática.

La entrega se hará mediante criterios de priorización y focalización, en lugares como paraderos y otros, respetando las medidas de distanciamiento social mínimo y evitando la aglomeración de los potenciales usuarios.

El documento establece que es de responsabilidad de la ATU como de las Municipalidades Provinciales la entrega de los escudos faciales, el registro de la entrega en la plataforma informática antes mencionada y la capacitación a los repartidores y supervisores a fin de brindar estricto cumplimiento a lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 094-2020.

Por otro lado, PROMOVILIDAD es responsable de la distribución de los escudos faciales a las Municipalidades Provinciales las cuales deberán remitir previamente al MTC la información de los registros de los vehículos habilitados para la prestación del referido servicio en sus respectivos ámbitos territoriales y/o demanda de viajes y/o la información estadística del servicio de transporte terrestre regular de personas.

De ser necesario, PROMOVILIDAD podrá gestionar la suscripción de convenios con instituciones públicas o privadas para garantizar la entrega oportuna de los escudos faciales.

 

Para ver el documento completo hacer clic aquí:

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1257479/RM%20N%C2%B0%200498-2020-MTC/01.02.pdf

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