salas de juego covid

Aprueban el protocolo sanitario sectorial ante el covid-19 para salas de juego

R. M. N° 196 – 2020

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el “Protocolo sanitario sectorial ante el COVID-19 para salas de juego”, que incluye medidas sanitarias y de distanciamiento social para garantizar la inocuidad de los centros de juego, como casinos y tragamonedas, una vez que se establezca la reanudación de sus actividades.

A través de la Resolución Ministerial N° 196-2020-Mincetur, se indica que el protocolo sanitario en mención es de aplicación complementaria al documento técnico “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”.

De acuerdo con el protocolo, los tragamonedas y casinos podrán iniciar sus actividades con un aforo máximo del 50%, priorizando el distanciamiento físico por lo menos 1 metro entre las personas, las cuales deben usar en todo momento mascarilla. Por ello las máquinas y mesas de juego tendrán que estar colocados en dicha distancia.

También se señala que antes del reinicio de sus actividades, la sala de juego debe realizar el saneamiento integral de las instalaciones que debe ser evidenciado a través de los certificados correspondientes (desinfección, desratización, desinsectación, y limpieza y desinfectación de reservorios de agua).

Así mismo, se deberá garantizar la renovación cíclica de volumen de aire según lo indicado por el Ministerio de Salud, según el riesgo encontrado en el ambiente de trabajo.

Entre las principales medidas que deberán cumplir las empresas figuran la elaboración de un plan de vigilancia y prevención ante la COVID-19; la toma de temperatura antes del ingreso a la sala; dar garantías de punto de lavado o desinfección de manos, y medios para la desinfección de calzado al ingreso de la sala; la creación del programa de limpieza y desinfección de todas las áreas; y la sanitización de las tragamonedas, mesas de juego, sillas y posacodos después de su uso; entre otros.

No se entregará bebidas y/o alimentos en la sala de juego ni tampoco se permitirá el ingreso de estos por parte de los clientes. Las zonas de atención al cliente deben contar con señalizaciones y/o barreras físicas para evitar el contacto directo con el público en general.

Con respecto al personal, el documento señala que deberá cumplir con todos los protocolos establecidos al inicio, durante y al finalizar sus labores; asistir a los programas de capacitación del COVID-19 y reportar de manera inmediata cualquier indicio de cuadro clínico correspondiente al COVID-19.

Antes del reinicio de sus actividades, los trabajadores deberán recibir capacitación en temas como:

  • Medidas preventivas dentro de la empresa frente al COVID-19
  • Manejo de personas sospechosas de portar COVID-19
  • Medidas de acción frente a síntomas leves y síntomas graves
  • Medidas de distanciamiento físico frente al COVID-19
  • Medidas de aislamiento obligatorio domiciliario en caso confirmado
  • Medidas sanitarias durante el servicio frente al COVID-19
  • Importancia y el correcto lavado de manos.
  • Importancia de la renovación cíclica de aire.
  • Uso correcto de EPP.
  • Sensibilización sobre la estigmatización en el contexto COVID-19

El Protocolo contiene además anexos con instructivos de uso de mascarilla, lavado y desinfección de manos, uso correcto de termómetro clínico infrarrojo, pago con tarjeta o efectivo, entre otros.

Puede ver el documento completo haciendo clic aquí:

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1323226/R.%20M.%20N%C2%B0%20196%20-%202020.pdf

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