DS N° 187-2020-PCM
El Poder Ejecutivo aprobó la ampliación de la Fase 4 de la Reanudación de Actividades Económicas dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19.
Mediante Decreto Supremo N° 187-2020-PCM, se aprobó la reapertura de actividades en cines, teatros, gimnasios, casinos y tragamonedas con un aforo de hasta 40% en espacios cerrados.
Se amplía también el aforo de hasta 60% de su capacidad para centros comerciales, restaurantes y afines, excepto bares, pubs, discotecas, karaokes y afines. Restaurantes y afines podrán atender hasta el 70% de su aforo en espacios abiertos.
La norma establece que, en cada una de las actividades autorizadas, la empresa, organización o entidad debe contar con una persona responsable de informar al Sector Salud, semanalmente, el cumplimiento del aforo, con calidad de declaración jurada.
Así mismo deberán tener en consideración el uso obligatorio de mascarilla para todas aquellas personas que ingresen a los locales; brindar facilidades, a través de estaciones de lavado de manos, para el ingreso a los locales y mantener el distanciamiento físico o corporal.
Las actividades económicas autorizadas mediante esta norma podrán iniciarse una vez que se cumplan las siguientes condiciones:
- Contar con el protocolo sanitario que haya obtenido opinión favorable del Ministerio de Salud.
- Adecuar la protección de salud de los trabajadores a lo dispuesto en la RM N° 972-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico denominado “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo a la exposición a SARS-CoV-2”.
Según lo establecido en la norma, los gobiernos locales son los llamados a fiscalizar el cumplimiento del aforo permitido en los establecimientos comerciales y culturales, a fin de evitar aglomeraciones.
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