RM N° 0642-2020-MTC/01
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobó el reinicio de las actividades de transporte de pasajeros por vía aérea mediante vuelos internacionales a partir del próximo lunes 5 de octubre, como parte de la fase 4 de la reactivación económica.
Mediante RM N° 0642-2020-MTC/01, se oficializó la medida que autoriza los viajes internacionales a 11 destinos en 7 países de la región: Guayaquil y Quito, (Ecuador), La Paz y Santa Cruz (Bolivia); Bogotá, Cali y Medellín (Colombia); Panamá (Panamá), Asunción (Paraguay), Montevideo (Uruguay), Santiago (Chile).
De acuerdo a la norma, los pasajeros deben usar mascarilla en todo momento dentro de las instalaciones del aeropuerto y durante su viaje en la aeronave su mascarilla y escudo facial salvo algunas excepciones como el caso de la ingesta de alimentos o se presente alguna emergencia.
Así mismo, se señala que debe presentar el resultado negativo de una prueba Molecular, realizada con un tiempo no mayor a 72 horas antes del viaje; y completar el formato en línea “Declaración Jurada Electrónica de Salud, y compromiso para realizar el aislamiento o cuarentena del viajero” dentro de las 72 horas previo al viaje.
Los pasajeros que no presenten sintomatología a su arribo, no cumplirán con cuarentena, quienes podrán retirarse a su destino con el compromiso de comunicar a la autoridad de salud de su jurisdicción si presentan sintomatología compatible al COVID-19, DENTRO DE LOS 14 DÍAS DE LLEGADA AL PAÍS. En caso de presentar sintomatología compatible al COVID-19 deberá cumplir los 14 días de aislamiento obligatorio en su domicilio u hospedaje de elección; la autoridad sanitaria hará el monitoreo correspondiente.
Por su parte, los concesionarios de los aeropuertos deben señalizar los espacios en filas para mantener el distanciamiento social, colocar dispensadores de alcohol gel para la desinfección de manos en diversas zonas del terminal aéreo, implementar paneles protectores en las zonas de atención a los pasajeros, marcar los asientos que no pueden ser ocupados en las salas y otras acciones.
Sólo se permitirá el acceso a las instalaciones del aeropuerto y al terminal de pasajeros, a los pasajeros con tarjeta de embarque o reserva, salvo en situaciones particulares en que el pasajero requiera asistencia.
El ingreso de los pasajeros a las instalaciones del terminal del aeropuerto será con 4 horas de anticipación como máximo a la hora programada de salida del vuelo; y se les deberá tomar la temperatura con un termómetro infrarrojo sin contacto e implementar bandejas para la desinfección de calzados.
Se deberá facilitar un área para para que se realice las pruebas, exámenes y acciones vinculadas con las personas que presenten síntomas compatibles del COVID-19 al ingreso del aeropuerto.
El aforo de los buses de traslado de pasajeros hacia los puestos de estacionamiento sin contacto con el terminal será al 50% y deberán ser desinfectados antes del abordaje de un nuevo grupo de pasajeros; y los servicios de taxi autorizados a brindar servicios en el aeropuerto por el operador del aeródromo, deben cumplir con los protocolos establecidos por el MTC y el MINSA.
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