R. M. N° 195 – 2020
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó los “Lineamientos sanitarios ante el COVID-19 para destinos turísticos” mediante Resolución Ministerial N° 195-2020-Mincetur. Dichos lineamientos contribuyen al cumplimiento de las disposiciones emitidas para la reanudación de actividades en los destinos turísticos.
De acuerdo al documento, el Ente Gestor de Destino (EGD) debe identificar los centros de soporte, corredores, circuitos y/o sitios turísticos que cumplan con las condiciones para el reinicio de actividades turísticas y la implementación de los respectivos protocolos sanitarios sectoriales.
Así mismo deberá asegurar el establecimiento de puntos de información, señalética, puntos de toma de temperatura, puntos de limpieza y desinfección en los espacios públicos, en coordinación con los responsables a nivel local, regional y/o nacional.
El documento señala que deberán implementar las medidas de limpieza y desinfección de espacios públicos como plazas, parques, calles, mercados, servicios higiénicos públicos, estacionamientos, centros artesanales, etc. Así como las medidas que aseguren un uso ordenado y seguro de los mismos.
Por otro lado se establece que, las empresas que brindan servicios de hospedaje, agencias de viajes y turismo, agencias operadoras de viajes y turismo, transporte turístico, servicios de organización de congresos, convenciones y eventos, servicios de restaurantes, entre otros; son responsables de hacer cumplir con las disposiciones de salud, seguridad y protección al turista durante la prestación de sus servicios, y de promover y cumplir con los lineamientos sanitarios establecidos en el mencionado documento.
Para ser considerados en el reinicio de actividades turísticas en el destino, los prestadores de servicios turísticos deberán implementar los protocolos sectoriales aprobados para cada sub sector y reportar a la autoridad local su habilitación.
Por su parte, la norma señala que los visitantes deberán cumplir con los siguientes lineamientos durante su visita:
- Priorizar el uso de medios de pago virtual durante su visita al destino.
- Lavado y/o desinfección de manos durante la visita turística.
- El uso adecuado de mascarillas y/o protectores faciales y respetar las capacidades de aforo y el orden de ingreso a los sitios y/o atractivos.
- En el caso de visitantes con discapacidad física, adultos mayores o padres con niños, se recomienda mantener limpieza y desinfección integral de sus ayudas técnicas (muletas, silla de ruedas, bastones, coches, u otros).
- Acceder a la toma de temperatura al ingreso del destino o cuando se requiera con un termómetro clínico infrarrojo.
- Informar sobre posibles síntomas de COVID-19 en caso se presenten durante la visita.
- Entre otros.
Al finalizar la visita, el EGD en coordinación con las autoridades competentes, deberá identificar las incidencias que pueden aumentar el riesgo de contagio del COVID-19 en el destino y coordinar con las instancias respectivas las medidas adecuadas para mejorar tales acciones.
Por último, el Mincetur precisó que, en el marco del Plan Nacional de Calidad Turística, otorgará un reconocimiento al destino por el cumplimiento de la implementación de la Lista de Verificación de Lineamientos Sanitarios para los Destinos Turísticos.
Para ver el documento completo hacer clic aquí:
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