A fin de garantizar el derecho de los trabajadores a la seguridad y la salud en el trabajo ante riesgo epidemiológico y sanitario, el día de hoy se publicó la ley que modifica los artículos sobre obligaciones del empleador y equipos de protección de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Entre estas modificaciones se menciona:
- Practicar exámenes médicos cada 2 años, de manera obligatoria, a cargo del empleador.
- Los exámenes médicos de salida son facultativos y el costo lo asume el empleador.
- En el caso de los trabajadores que realizan actividades de alto riesgo, el empleador se encuentra obligado a realizar los exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral.
- En el caso de declaración de emergencia sanitaria, el empleador realizará las pruebas de tamizaje necesarias al personal a su cargo sin que esto les genere un costo o retención salarial de ningún tipo.
- Los equipos de protección personal proporcionados a los trabajadores deben cumplir con las normas técnicas peruanas; su costo es asumido en su totalidad por el empleador, sin que ello genere un costo o retención salarial de ningún tipo al personal a su cargo, indistintamente del régimen y modalidad de trabajo.
Para leer la ley publicada en El Peruano ingresar aquí: